TRABAJO
23 de abril de 2026
La decisión judicial que reactivó la reforma laboral y desató festejos en el Gobierno
La Cámara del Trabajo revocó una medida clave y devolvió la vigencia a más de 80 artículos cuestionados. El fallo impacta de lleno en el escenario laboral y abre una nueva etapa en la disputa judicial.
La Cámara del Trabajo falló a favor del gobierno encabezado por Javier Milei y dejó sin efecto la cautelar que suspendía parte de la reforma laboral, lo que implica que 82 artículos vuelven a tener vigencia mientras se resuelve la cuestión de fondo.
La decisión revierte una medida previa del juez Raúl Ojeda, quien había hecho lugar a un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo al considerar que existían indicios de inconstitucionalidad y posibles daños irreparables.
En el fallo, los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino resolvieron “modificar la resolución del 7 de abril de 2026 y otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación, deducido por el Estado Nacional, contra la resolución que admitió la medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo, de la República Argentina”.
De esta manera, la Cámara dejó en suspenso la cautelar que había frenado la aplicación de la norma y restituyó la vigencia de los artículos cuestionados hasta que haya una definición definitiva en la Justicia.
Desde la central obrera habían argumentado que la reforma implica una regresión en derechos laborales, afecta la libertad sindical y vulnera principios constitucionales y tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional.
La decisión fue celebrada por funcionarios del Gobierno. La ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, expresó en redes sociales: “La Cámara Laboral revocó la decisión del juez Ojeda y declaró la vigencia de la Reforma Laboral impulsada por el Gobierno nacional. VLLC!”. El mensaje fue replicado por el propio Milei, quien agregó: “No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. VIVA LA LIBERTAD CARAJO...!!!”.
Entre los puntos que vuelven a regir se encuentran modificaciones en el régimen de indemnizaciones, ampliación de facultades del empleador, flexibilización de condiciones laborales y nuevas restricciones a la actividad sindical.
El magistrado Ojeda, al dictar la cautelar original, había señalado que la CGT contaba con legitimación para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y sostuvo que existía una “verosimilitud del derecho calificada”, en relación a una posible vulneración de garantías constitucionales, en particular el principio de protección del trabajo establecido en el artículo 14 bis.
Con este nuevo escenario, la discusión judicial continúa abierta y será la resolución de fondo la que determine la validez definitiva de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional.
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