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30 de marzo de 2026

Fuerte golpe judicial al Gobierno: frenan 82 artículos clave de la reforma laboral

Por: Carlos Rodriguez

Un juez laboral hizo lugar a un planteo de la CGT y suspendió gran parte de la norma. La medida impacta en derechos centrales como la sindicalización, la negociación colectiva y la huelga.

Un fallo judicial representó un duro revés para el Gobierno nacional tras la decisión del juez laboral Raúl Horacio Ojeda, quien resolvió suspender la aplicación de 82 artículos de la ley de reforma laboral impulsada por la administración de Javier Milei.

La medida fue adoptada a partir de una cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo, que cuestionó la constitucionalidad de diversos puntos de la normativa sancionada a comienzos de marzo. Entre los artículos suspendidos se encuentran aquellos vinculados a derechos fundamentales como la sindicalización, la negociación colectiva y el derecho a huelga.

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En su resolución, Ojeda consideró cumplidos los requisitos necesarios para avanzar con una acción declarativa de inconstitucionalidad y rechazó los planteos del Poder Ejecutivo, que había intentado desestimar la presentación al cuestionar la representatividad de la central obrera y advertir sobre una supuesta intromisión del Poder Judicial en funciones legislativas.

El magistrado sostuvo que la medida cautelar resulta necesaria para evitar que “el cumplimiento de la norma ocasione perjuicios graves de imposible reparación ulterior” y remarcó el rol del Poder Judicial en el control de constitucionalidad y convencionalidad de las leyes.

Asimismo, señaló que la intervención judicial no vulnera la división de poderes, sino que la garantiza. “La declaración de certeza que surgirá de este juicio aportará seguridad jurídica”, afirmó, al tiempo que advirtió que la suspensión busca evitar consecuencias jurídicas “muy gravosas e irreversibles”.

La presentación de la CGT incluyó cuestionamientos a modificaciones en la Ley de Contrato de Trabajo, normas sobre convenciones colectivas, asociaciones sindicales y regulaciones vinculadas al trabajo rural, entre otras. También se apoyó en convenios internacionales que protegen el principio de no regresividad en materia laboral.

El fallo contó además con el aval del fiscal Javier Fernández Madrid. Por su parte, la defensa del Gobierno había solicitado el rechazo de la cautelar por “inexistencia del caso” y reiteró sus objeciones sobre la legitimidad de la central sindical.

Ojeda desestimó esos argumentos y afirmó que la Confederación General del Trabajo posee legitimación para representar al conjunto de los trabajadores, tanto en derechos colectivos como en intereses individuales homogéneos.

En su fallo, también cuestionó inconsistencias en la defensa oficial y remarcó que el Ejecutivo omitió referirse a varias de las normas impugnadas, lo que podría interpretarse como un error o una falta de argumentación suficiente.

Finalmente, el juez subrayó la importancia de preservar el equilibrio institucional: “Mientras el poder político fluctúa con los tiempos electorales, el poder judicial permanece indiferente a esos cambios”, concluyó.

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