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25 de septiembre de 2020

El Gobierno Nacional prorroga otros 60 días la prohibición de despedir sin justa causa

El decreto regirá hasta fines de noviembre

 

La decisión se adopta en el contexto de la emergencia pública económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social determinada por la Ley 27.541, la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por decreto 260/20 y las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio y de distanciamiento social de los decretos 297/20 y 520/20.

El decreto prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 624/20.

También se prorroga la prohibición de suspender por causas de fuerza mayor o ausencia o disminución de trabajo por ese plazo, a excepción de las realizadas según el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

La prórroga de despidos y suspensiones no se aplicará a las contrataciones realizadas con posterioridad a su vigencia, pero la medida no será de aplicación en el sector público definido en el artículo 8 de la Ley 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que esté sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran.

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