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14 de julio de 2022

Moratoria para la regularización de cooperativas y mutuales

Por: Carlos Rodriguez

Se encuentra disponible el Programa Moratoria para aquellas entidades que adeudan documentación.

Luego de la transformación histórica que impulsamos con la Resolución Renovar, el INAES pone a disposición una nueva moratoria para que puedas regularizar tu entidad.
A través de esta moratoria, las cooperativas y mutuales que adeuden documentación podrán ponerse al día presentando únicamente los últimos 3 balances, sin importar cuantos años de documentación adeuden. Así, las entidades tendrán la oportunidad de regularizar autoridades, acceder a subsidios y créditos estatales, volver a brindar productos y servicios, entre muchos otros beneficios.

Para acceder a la moratoria, las entidades deben inscribirse en el curso virtual “Pre admisión Programa Moratoria” disponible en la plataforma Trámites a Distancia de 3 módulos que las acompañará durante todo el proceso, sea o no pre-admitida la cooperativa o mutual.

Este anuncio es la continuidad de una política para impulsar, acompañar y potenciar al sector asociativo, con el eje puesto en la cercanía y la facilitación de trámites, brindando herramientas que permitan fortalecer el crecimiento del trabajo cooperativo y mutual a lo largo y a lo ancho del país, y valorizando su lugar en el proceso de Reconstrucción Argentina.

¿CONSULTAS?
Enviá un correo electrónico a: [email protected]
Comunicarse por teléfono: 011-4124-9300 interno 3403

¿Quiénes se pueden inscribir?

  • Entidades cooperativas y mutuales de 1ª grado
  • Que estén vigentes o suspendidas (NO las que tengan retiro o revocación o cancelación)
  • Que no sean cooperativas que realicen crédito ni mutuales que tengan reglamento de ayuda económica ni ninguna que realice gestión de préstamos

Somos una federación ¿Podemos participar?
No, la Moratoria es solo para entidades de primer grado.

Somos una entidad suspendida ¿Podemos participar?
Si, las entidades suspendidas pueden participar. Durante el proceso se las guiará para realizar la Actualización Nacional de Datos (AND) y así levantar la suspensión.

¿Cómo se inscriben?
Por una de estas vías:

  • A través del TAD (tramitesadistancia.gob.ar) como “Preadmisión Programa Moratoria”
  • Presentando la documental en Mesa de Entradas (personalmente o por correo postal). Se deberá indicar en este caso una dirección de email para poder efectuar las notificaciones.

¿Qué documentación se debe presentar?
Documento que valide las últimas autoridades – con mandato vigente o no- (copia de la última acta de asamblea, última acta de distribución de cargos o último certificado de autoridades expedido por esta autoridad de aplicación en la que consten las últimas autoridades legítimamente electas) con carácter de declaración jurada en los términos de los artículos 109 y 110 del Dto. N° 1759/72 (T.O. Dto N° 894/2017).
Declaración de la existencia o no de bienes inmuebles y/o muebles registrables.

¿Cuál es el primer paso al iniciarse la preinscripción?
Realizar el curso que se dictará desde la Coordinación de Capacitación, ésta se comunicará con la entidad una vez pre inscripta. La realización del mismo puede ser por una sola de las autoridades que solicitan la preinscripción o bien todos los que así deseen hacerlo (sean autoridades o no). La cumplimentación de este requisito no implica la admisión en la moratoria.
Una vez recibida la pre inscripción se notificará al área de capacitación, desde donde se les indicará como inscribirse en el curso.

¿El curso es obligatorio?
Si, para poder participar del programa el curso es obligatorio aunque no garantiza la inscripción final en la Moratoria.

¿La Moratoria de INAES es también Moratoria en AFIP?
No, no es moratoria en AFIP. Es solo respecto de adeudada en el INAES.

Somos una mutual y debemos el artículo 9 ¿Entramos en el programa de Moratoria?
Pueden acceder al programa de esta moratoria que es de documentación asamblearia, y no es necesario estar al día en el pago de artículo 9ª para su inscripción.
Esta moratoria NO es para la deuda del aporte del artículo 9ª.

¿Si debemos 3 o menos ejercicios sociales debemos inscribirnos en la moratoria?
No, la moratoria es para las entidades que adeudan 3 o más ejercicios sociales vencidos

¿Si la entidad tiene retiro de autorización o cancelación de matrícula puede inscribirse?
No, es solo para entidades vigentes o suspendidas.
Sin perjuicio de ello, si se les hubiera aplicado alguna de estas sanciones, pueden presentar recurso (presentación donde manifiesten su intención de recuperar la autorización para funcionar fundado en la actividad que se encuentran desarrollando, explicando las razones por las cuales no cumplieron con la normativa en los años anteriores, etc.) y acompañar toda la documental de asambleas que tengan o cualquier otra que sirva para demostrar su existencia y necesidad fundada de recuperar la matrícula. Deben acreditar que quienes se presentan son los socios de la entidad.
La presentación firmada en forma ológrafa se puede remitir por correo postal a Av. Belgrano 1656 (CP 1093 – CABA) o solicitando turno web en Mesa de Entradas o bien a través del TAD como “ Solicitud de Descargo”

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