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6 de agosto de 2021

Transporte Automotor de Cargas - Alcance de normas de control

Por: Carlos Rodriguez

El Ministerio de Transporte, a través de la Secretaría de Planificación del Transporte, la Subsecretaría de Transporte Automotor y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, junto a la Asociación de Ingenieros y Técnicos de la República Argentina, la Cámara de Talleres de Revisión Técnica Nacional y las Cámaras Nacionales de Transporte Terrestre; llevaron a cabo la firma de un documento en el que se aclaró el alcance de diversas normas que regulan el transporte de cargas de jurisdicción nacional.

Con el objetivo de fortalecer la seguridad en el transporte, y en el marco de un trabajo articulado entre las distintas áreas de Transporte, se aclaró el alcance de diversas normas que regulan el transporte automotor de cargas nacional y su vigencia.

Todos aquellos vehículos de carga que tengan modificaciones u alteraciones de su estructura original de fábrica deberán presentar certificados u homologaciones que serán otorgadas por un Ingeniero Certificador dependiente de la Subsecretaría de Transporte automotor de la Nación, conforme lo establecido por Disposición SSTA Nro. 25/2009.

En tal sentido, es imperioso señalar que los mencionados “Ingenieros Certificadores” son localizables mediante un listado que se puede consultar en la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, en la Dirección Nacional de Cargas, en la Mesa de Ayuda de la Gerencia de Fiscalización Técnica Automotor de CNRT.

Por otro lado, en cuanto a la vigencia del Artículo 2° de la Resolución MT 884/2018, relación peso-potencia, cabe destacar que la misma entraría en vigencia a partir del día 3 de diciembre de 2022, en los términos de dicha previsión. Esta norma se encuentra en estudio de una Comisión Técnica conformada por la Secretaría de Planificación de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, y la Subsecretaría de Transporte Automotor.

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