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1 de julio de 2021

Comercio Interior imputó a empresas por incumplimientos en Ahora 12

Por: Carlos Rodriguez

Habrían comercializado bajo los beneficios del programa productos no incluidos en el mismo

La Secretaría de Comercio Interior de la Nación imputó a más de 15 entidades por comercializar bajo los beneficios del programa “Ahora 12”, bienes y servicios que no forman parte de la oferta de rubros que propone el programa de fomento al consumo.

A partir de un requerimiento de información a las empresas, y un trabajo de fiscalización y monitoreo de todos los productos ofrecidos a través de plataformas de comercio electrónico, la Secretaría de Comercio Interior constató la existencia de bienes y servicios no incluidos dentro de los rubros incorporados al Programa “Ahora 12”. Además, se detectó la existencia de productos importados brindados para su adquisición con las medidas de financiamiento preferenciales provistas por el Programa, cuando bajo su órbita sólo pueden comercializarse productos nacionales.

Entre las firmas aludidas se encuentran los retailers Frávega, Garbarino y Hogar Total, por la venta de productos no incluidos dentro de los bienes y servicios incorporados al Programa y en algunos casos, por la comercialización de artículos importados.

Asimismo, se pudo identificar que, al contrario de lo que establece la norma, la firma Cobranzas Regionales S.A. (Naranja Pos) prometía la adhesión automática al Programa “Ahora 12” de aquellos comercios que contraten un servicio de posnet ofrecido por la empresa.

También se encuentran Essen Aluminio S.A., por haber realizado una numerosa cantidad de operaciones comerciales de productos no incluidos dentro de los rubros previstos, y el Club Atlético River Plate, por ofrecer ubicaciones en el estadio bajo el nombre de “Tu lugar en el Monumental” con las medidas de financiamiento del Programa “Ahora 12”.

Estas acciones representan incumplimientos a la normativa que reviste el funcionamiento del Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios “Ahora 12” en el marco del Decreto N° 274/19 de Lealtad Comercial y el régimen sancionatorio incorporado por la Resolución N° 353/2020 (actualmente modificado por la Resolución N° 282/2021).

Las empresas cuentan con 10 días hábiles para hacer el descargo correspondiente y dar las explicaciones del caso. Posteriormente, continúa el proceso administrativo establecido por el decreto N° 274/2019 de Lealtad Comercial.

Las y los consumidores y comerciantes pueden ingresar reclamos referentes al programa en la web del programa.

Imputación de Defensa del Consumidor a Banco Santander

El Banco Santander fue imputado por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor por presunta restricción de la oferta del Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios (Ahora 12). Según diversos reclamos de consumidores, el banco les habría notificado la existencia del tope del 20% como límite de compra de las tarjetas para realizar compras dentro del programa del Estado Nacional. Esta condición que habría impuesto la entidad bancaria no se encuentra permitida en la normativa del Programa. A su vez, la limitación de forma unilateral para realizar compras con un límite distinto al establecido por el contrato también vulnera los derechos de las y los consumidores. La empresa tiene cinco días hábiles para hacer el descargo por las presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240), que establece sanciones por hasta $5 millones.

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