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21 de mayo de 2021

Primer relevamiento para controlar el cumplimiento de la Ley de Góndolas

Paula Español acompañó a los inspectores de la Secretaría de Comercio Interior

La secretaria de Comercio Interior de la Nación, Paula Español, acompañó a los inspectores de su área en el inicio de la primera etapa de relevamiento de la Ley de Góndolas, para verificar el correcto cumplimiento de su implementación.

“Nuestro objetivo es democratizar las góndolas para encontrar más productos, más marcas, y que cada vez haya más pequeñas, medianas y micro empresas de todo el país que puedan acceder a vender sus productos en los supermercados. Al mismo tiempo, estamos focalizados en cuidar el bolsillo de las y los argentinos, por eso esta ley promueve empoderar a las y los consumidores que ahora van a contar con mayores herramientas para hacer una compra consciente, visualizando de manera sencilla cuál es el precio más bajo de cada producto”, afirmó Español.

A su vez, la funcionaria agregó que “desde la Secretaría de Comercio Interior ya pusimos en marcha estos relevamientos porque buscamos que se respete la ley, por eso capacitamos a nuestros inspectores y estamos trabajando en conjunto con las provincias para que todas las jurisdicciones cooperen en el control y cumplimiento. También recibimos la colaboración de las autoridades y trabajadores de los supermercados que demuestran mucho interés para que todos los requisitos que pide la ley estén expuestos en las góndolas. Para garantizar la aplicación de la ley es necesario la labor mancomunada y, de esta manera, asegurarnos que llegue a todos los puntos del país”.

En esta primera instancia de relevamientos, la Secretaría de Comercio Interior realiza inspecciones para verificar que los comercios respeten la disposición en las góndolas de los productos de las categorías de alimentos, bebidas, higiene personal y artículos del hogar. Las góndolas de los supermercados deben presentar, para cada categoría de producto, por lo menos cinco proveedores, respetando que ninguno ocupe más del 30% del total del espacio. Además, las micro y pequeñas empresas, en conjunto, deben tener garantizado un 25% del espacio, de la misma manera que los productos de las cooperativas, mutuales, sectores de la economía popular y pequeños productores de la agricultura familiar, campesina e indígena, deberán gozar un mínimo del 5%.

A su vez, en esta etapa, se fiscaliza que el producto más barato de cada categoría debe estar ubicado en un espacio equidistante entre el primer y el último estante, y debe contar con una cartelería que indique la leyenda “MENOR PRECIO por unidad de medida. Según establece la Ley 27.545”.

Las planillas de relevamiento se confeccionan en base a la información que las cadenas de supermercados presentaron con carácter de declaración jurada frente a la Secretaría de Comercio Interior. De esta forma, quienes fiscalizan, cuentan con el planograma de cada sucursal que les permite saber dónde se encuentran ubicados los productos de cada una de las categorías reglamentadas, el tamaño total que ocupan y todas las marcas que un mismo proveedor ofrece dentro de una categoría. Esto facilita el control sobre la presencia de distintos proveedores por categoría y el límite máximo para el o los proveedores principales en la categoría. A los fines de realizar las mediciones de porcentajes máximos, se utilizan cintas métricas homologadas por Metrología Legal del INTI, tal como lo indica el reglamento de fiscalizaciones.

Del total de 510 supermercados minoristas alcanzados por la ley a nivel nacional, que ya deben estar ajustados a la normativa, 189 se ubican en la Provincia de Buenos Aires y 48 en la Ciudad de Buenos Aires. La Secretaría de Comercio Interior de la Nación se encuentra trabajando en conjunto con las autoridades provinciales en el marco del Consejo Federal de Comercio Interior para que la aplicación de la norma alcance todo el territorio nacional. En este sentido, ya hay programadas capacitaciones destinadas a los referentes locales y los cuerpos de inspectores de cada provincia, con el objetivo de que puedan colaborar en hacer cumplir la ley de la mejor manera.

En caso de incumplimiento de la Ley de Góndolas, los comercios alcanzados están sujetos a la normativa de Lealtad Comercial, reglamentada en el Decreto 274 del 2019 que estipula sanciones que, en la actualidad, pueden llegar a los $550 millones.

Ley de Góndolas

La Ley de Góndolas Nº27.545 tiene por objetivo democratizar las góndolas con una distribución equitativa de los distintos proveedores, diversificar la oferta con una mayor variedad de productos y de marcas y garantizar el acceso de las micro y pequeñas empresas, cooperativas, mutuales, sectores de la economía popular y pequeños productores de la agricultura familiar/campesina/indígena a las góndolas de los grandes supermercados.

En una primera instancia (resolución 110/21), la Secretaría de Comercio Interior determinó la superficie mínima que deben tener los comercios alcanzados por las disposiciones establecidas por la Ley, cuáles serán los productos y cómo estarán conformadas las categorías. Además, se definió a la Subsecretaría de Acciones Para la Defensa de las y los Consumidores como la encargada del control y vigilancia. Luego, se estableció el reglamento de inspecciones para el seguimiento y control de cumplimiento (resolución 190/21). Seguidamente (resolución 340/21) se definió el Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista que iguala el trato entre grandes empresas, PyMEs, cooperativas y emprendimientos de la economía social. Finalmente (resolución 485/21) se determinó que la presentación más barata por unidad de medida de un determinado listado de productos deberá estar exhibida con una cartelería específica que indique la leyenda de “MENOR PRECIO por unidad de medida. Ley 27.545”.

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