SEGURIDAD
9 de septiembre de 2026
Ordenaron detener a Lotocki por las lesiones a Silvina Luna y otras tres pacientes
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°28 dispuso la detención del médico, condenado a ocho años de prisión por estafa y lesiones graves. La Justicia consideró que existe un riesgo concreto de fuga mientras permanece detenido por otra causa.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°28 ordenó la detención del médico Aníbal Lotocki, de 56 años, en el marco de la causa en la que fue condenado a ocho años de prisión por estafa y por haber provocado lesiones graves a Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi.
La decisión fue tomada luego del pedido formulado por el fiscal general Sandro Abraldes, quien intervino durante el juicio. El juez Jorge Romeo consideró que, ante la posibilidad de que Lotocki recupere su libertad en la otra causa en la que permanece detenido, existe un riesgo concreto de que intente evadir a la Justicia.
“En caso de recuperar su libertad y de cara a enfrentarse nuevamente a cumplir una pena de prisión efectiva de envergadura, Aníbal Rubén Lotocki podría evadirse del accionar de la justicia”, sostuvo el magistrado en su resolución.
Lotocki se encuentra actualmente detenido de manera preventiva y es juzgado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°17 en otra causa, vinculada con el homicidio de un paciente ocurrido en abril de 2021 y con las lesiones ocasionadas a cinco mujeres.
El fiscal Abraldes había solicitado la prisión preventiva para garantizar la futura ejecución de la condena. “Su presunción de inocencia se encuentra severamente debilitada y la expectativa de pena ya no es una mera hipótesis de esta parte acusadora, sino una certeza inminente y cuantificada”, sostuvo el representante del Ministerio Público Fiscal.
La causa por las lesiones a las pacientes comenzó con una condena de cuatro años de prisión dictada en febrero de 2022. En aquella oportunidad, el tribunal consideró acreditado que Lotocki había realizado intervenciones quirúrgicas a Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Gabriela Trenchi y Pamela Sosa, durante las cuales les colocó un producto de relleno que contenía microesferas de polimetilmetacrilato, conocido como PMMA.
El tribunal entendió que la sustancia había sido utilizada en zonas y cantidades no aconsejadas y que esto les produjo lesiones y granulomas. También consideró probado que el médico omitió informar adecuadamente a sus pacientes sobre los posibles efectos del material utilizado y las consecuencias que podían derivarse de su aplicación.
“Tengo por acreditado que Aníbal Rubén Lotocki realizó intervenciones quirúrgicas a Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Gabriela Trenchi y Pamela Sosa, colocándoles en su cuerpo un producto de relleno del cual sólo se sabe que contenía microesferas de Polimetilmetacrilato (PMMA), en zonas y cantidad no aconsejadas, produciéndoles con ello lesiones, al generarles granulomas.
El reproche penal consiste en tener por probado que, dolosamente, calló u ocultó intencionalmente lo que era su obligación informar. No les advirtió que en las intervenciones quirúrgicas que iba a efectuar con PMMA se podían generar granulomas y las consecuencias aún más lesivas que ello podía traer aparejado para las cuatro pacientes”, había señalado el entonces integrante del tribunal Carlos Rengel Mirat.
Tras los recursos presentados por la fiscalía y las querellas, la Sala III de la Cámara de Casación amplió la condena de cuatro a ocho años de prisión al considerar que Lotocki también había cometido el delito de estafa. Además, elevó de cinco a diez años la inhabilitación para ejercer su profesión.
En aquella resolución, Casación señaló que el médico había incurrido en un “relevante incumplimiento de los deberes propios de su rol de médico en su relación con el paciente”, entre ellos, la falta de información sobre los efectos que podía provocar la sustancia utilizada.
En abril de 2025, la Sala II de la Cámara confirmó la condena a ocho años de prisión. La defensa recurrió esa decisión y actualmente permanece pendiente de resolución un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.
Uno de los elementos considerados ahora por el juez Romeo fue la conducta de Lotocki frente a las obligaciones impuestas por la Justicia. Según recordó el fiscal Abraldes, el médico incumplió en tres oportunidades el deber de informar ausencias de su domicilio superiores a 24 horas.
“Lejos de corregir su actitud pese a las advertencias de la jurisdicción, agravó su comportamiento y se mudó a una residencia fuera de la jurisdicción de esta ciudad sin autorización judicial”, sostuvo el fiscal.
Para Abraldes, la prisión preventiva resulta necesaria para garantizar que la condena pueda ejecutarse. “El dictado de la prisión preventiva de Lotocki responde a todos y cada uno de los parámetros fijados por la comunidad internacional, tanto por la relevancia de la finalidad perseguida como por la adecuada relación que existe entre la afectación temporal a la libertad ambulatoria del acusado y el interés de la sociedad y las víctimas en particular que este Ministerio Público Fiscal representa, en garantizar la ejecución de la sentencia de condena”, afirmó.
El juez Romeo coincidió con esos argumentos y sostuvo que el riesgo de fuga se incrementó desde la última resolución en la que se había rechazado el pedido de detención. En particular, destacó que la condena a ocho años se encuentra firme en las instancias inferiores y que solamente queda pendiente el recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.
También consideró relevante que Lotocki enfrenta otro proceso penal en el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°17. Según el magistrado, la existencia de múltiples causas genera una situación de mayor incertidumbre para este proceso.
“De igual modo considero que la multiplicidad de procesos en cabeza del justiciable y su reiterancia delictiva componen argumentos fundados para sostener la necesidad de su encierro cautelar a los fines de salvaguardar su sujeción al proceso”, señaló Romeo.
El magistrado sostuvo además que mantenerlo en libertad podría afectar los derechos de las víctimas. “Pronunciarse en forma contraria y mantener en libertad al condenado en esta instancia vulneraría las garantías de la víctima y el principio de progresividad y eficacia de la tutela judicial”, afirmó.
Romeo aclaró que la nueva medida no implica un agravamiento concreto de las condiciones de privación de libertad, debido a que Lotocki ya se encuentra detenido a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°17 por la otra causa.
“En resumidas cuentas encuentro acreditado en autos la intensificación del riesgo de fuga mencionado, sin que el mismo pueda ser mitigado por otra medida menos lesiva”, concluyó el juez.
Sobre esa base, el tribunal ordenó la detención de Lotocki en la causa por las lesiones a Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi, mientras continúa el proceso judicial que mantiene al médico privado de su libertad por la otra investigación.
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