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26 de mayo de 2026

El Gobierno eliminó subsidios para pasajes gratuitos y crece la preocupación en el sector de discapacidad

Por: Carlos Rodriguez

La medida deja sin compensación estatal a las empresas de micros de larga distancia por boletos gratuitos para personas con discapacidad, trasplantadas y pacientes oncológicos. El beneficio continuará vigente, pero ahora el costo deberá ser absorbido por las compañías.

El Gobierno nacional dispuso la eliminación del sistema de compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a personas con discapacidad, personas trasplantadas y niñas, niños y adolescentes con enfermedades oncológicas.

La decisión fue oficializada mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial, y modifica el esquema mediante el cual el Estado cubría parte de los costos derivados de esos boletos sin cargo.

La normativa establece: “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”.

Las normas mencionadas contemplan el derecho a la gratuidad para personas con discapacidad, pacientes trasplantados o en lista de espera para trasplantes y menores con enfermedades oncológicas que deban trasladarse en servicios de transporte de larga distancia bajo jurisdicción nacional.

Hasta ahora, el Estado compensaba económicamente a las empresas por esos pasajes. A partir de esta modificación, serán las compañías las que deberán absorber esos costos dentro de su estructura operativa.

En los fundamentos de la medida, el Ejecutivo argumentó que la transformación del sistema de transporte ocurrida tras la implementación del Decreto 883/2024 modificó las condiciones del sector.

Según el texto oficial, el nuevo esquema permite a las empresas “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”, situación que alteró las condiciones económicas bajo las cuales había sido creado el sistema de subsidios.

La resolución sostiene además que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración sustancial de la ecuación económico-financiera del sector, otorgando a los operadores capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad".

En esa misma línea, el documento concluye que “la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada”, razón por la cual considera innecesaria la continuidad del régimen.

La medida aclara que el derecho a viajar gratuitamente continúa vigente y sigue siendo obligatorio para las empresas de transporte.

Para garantizar su cumplimiento, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte continuará supervisando que las compañías emitan los pasajes conforme a la legislación vigente.

En el texto también se remarca que la eliminación de las compensaciones “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad”, el cual “permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas”.

La decisión se conoce en medio de fuertes cuestionamientos y reclamos del sector vinculado a discapacidad por la situación de las prestaciones y por la implementación de políticas públicas destinadas al área.

La discusión se da además en un contexto de tensión por la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad y el debate sobre los alcances de futuras modificaciones impulsadas desde el Poder Ejecutivo.

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