TURíSTICO
30 de septiembre de 2020
Nueva prórroga para que los agentes de viajes puedan operar solamente a través de un local virtual
Está prevista hasta el 31 de diciembre de 2021 y apunta a otorgar previsibilidad al sector en el camino hacia su recuperación.
El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación volvió a prorrogar el plazo para que los agentes de viajes puedan operar solamente a través de un local virtual, esta vez hasta el 31 de diciembre de 2021 y mediante la Resolución 415/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.
En los considerandos de la medida se señala que, “en este marco de incertidumbre ocasionado por la evolución de la situación epidemiológica, se entiende necesario adoptar medidas que otorguen certeza y previsibilidad a las agencias de viajes, en el camino hacia la pronta recuperación del sector”.
Además se expresa que, de este modo, se pretende “contribuir al sostenimiento de los prestadores turísticos en el contexto actual de emergencia sanitaria, como así también proveer a la reactivación del sector en el más corto plazo posible”.
Desde el inicio de la situación extraordinaria generada por la pandemia, el Ministerio instrumentó una serie de iniciativas destinadas a reducir su impacto en la actividad, entre las que se incluyen la suspensión de plazos administrativos para las agencias de viajes y de los aranceles de todos los trámites ante la Dirección Nacional de Agencias de Viajes.
También fijo un plazo adicional para la presentación de renovación de garantías correspondientes al Fondo de Garantía previsto en la Ley 18.829, la unificación de estructuras funcionales entre dos agentes por local durante dos años, el cierre temporario de las agencias sin perder su legajo habilitante y la posibilidad de incluir actividades conexas.
Asimismo, la Dirección de Agencias de Viajes habilitó correos electrónicos específicos para temas vinculados con su operatoria ([email protected]).
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