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18 de agosto de 2025

La Justicia declaró inconstitucional el veto de Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad

Por: Carlos Rodriguez

El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró este lunes la inconstitucionalidad del veto presidencial a la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, en el marco de un amparo presentado por los padres de dos niños de 11 años que vieron amenazado el acceso a sus tratamientos y educación.

Los hermanos padecen trastornos generalizados del desarrollo y trastornos específicos en las habilidades escolares, y concurren a un centro educativo terapéutico y a un colegio especial. Según advirtieron las instituciones, el desfinanciamiento estatal ponía en riesgo su funcionamiento y las había llevado a sostenerse con préstamos y donaciones.

La norma, sancionada el 10 de julio, establecía un régimen integral con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año. Entre sus medidas contemplaba el financiamiento de pensiones no contributivas, compensación arancelaria para prestadores, fortalecimiento de la Agencia Nacional de Discapacidad y la actualización del Sistema de Prestaciones Básicas.

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Para justificar el veto, el presidente Javier Milei argumentó el costo fiscal estimado —entre 0,22% y 0,42% del PBI— y apeló al principio de “equilibrio fiscal innegociable” fijado en el Pacto de Mayo.

En su resolución, González Charvay sostuvo que el veto constituye un caso de “clara discriminación a personas con discapacidad” y que el derecho a la salud, la educación y la rehabilitación de niños en situación de vulnerabilidad “debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”.

El magistrado remarcó además que la decisión presidencial “viola obligaciones internacionales en materia de derechos humanos” y perpetúa un desfinanciamiento que desde diciembre de 2023 deterioró la capacidad de los prestadores de garantizar la continuidad de tratamientos esenciales.

Finalmente, subrayó el “doble carácter de vulnerabilidad” de los niños involucrados, por ser menores de edad y personas con discapacidad, lo que impone al Estado un deber reforzado de protección. En ese sentido, citó la reciente opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que reconoció el derecho humano autónomo al cuidado como una obligación ineludible de los Estados.

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