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2 de septiembre de 2024

Milei vetó por completo la ley de movilidad jubilatoria sancionada por el Congreso

Por: Carlos Rodriguez

Mediante el decreto 782/2024, el presidente Javier Milei anuló la ley que proponía elevar el haber mínimo y establecer una nueva fórmula de cálculo para los jubilados, argumentando un falso impacto fiscal insostenible.

El Gobierno nacional, a través del decreto 782/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, vetó por completo la ley de movilidad jubilatoria aprobada recientemente por el Congreso. El presidente Javier Milei, junto a su gabinete, tomó la decisión de dejar sin efecto la normativa que disponía un aumento en el haber mínimo y una nueva fórmula de cálculo de los ingresos de los jubilados.

En los considerandos del veto, el Ejecutivo argumentó que "el proyecto de ley sancionado por el H. Congreso de la Nación es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente, en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento". Según los cálculos del Gobierno, la aplicación de esta ley implicaría un gasto adicional de aproximadamente $6.160.000.000.000 para 2024 y $15.430.000.000.000 para 2025, lo que pondría en riesgo la sostenibilidad de las finanzas públicas.

El decreto fue firmado el viernes por la noche y se oficializó en la madrugada del lunes. Además del presidente Milei, el documento lleva las firmas del jefe de Gabinete, Guillermo Francos; la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello; el ministro de Economía, Luis Caputo; la canciller Diana Mondino; el ministro de Defensa, Luis Petri; la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich; el ministro de Salud, Mario Russo, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

La ley vetada establecía que el haber mínimo jubilatorio no debería ser inferior al valor de una canasta básica de un adulto mayor, actualmente fijada en 285 mil pesos. Además, proponía un pago adicional del 8% para compensar la inflación de enero, un ajuste semestral atado al Índice de Precios al Consumidor (IPC) y los salarios promediados en el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), así como un aumento adicional en marzo de cada año.

Otro aspecto relevante de la normativa era que las deudas de las cajas previsionales provinciales debían ser canceladas por la ANSES o mediante fondos provenientes de impuestos nacionales, como el impuesto al cheque, PAÍS e IVA, sin afectar el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES.

La decisión del Gobierno de vetar esta ley ha generado un fuerte debate político, y se espera que el Congreso busque los mecanismos necesarios para revertir el veto presidencial.

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