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7 de octubre de 2026

La Corte Suprema volvió a analizar la extranjerización de tierras y abrió la puerta a revisar el alcance del DNU 70/2023

Por: Carlos Rodriguez

El máximo tribunal convocó a dos conjueces para analizar un expediente presentado por organizaciones ambientalistas, comunidades mapuches y vecinos. El caso podría modificar o complementar la decisión que avaló la derogación de la Ley de Tierras.

La Corte Suprema de Justicia volvió a poner bajo análisis la derogación de la Ley de Tierras y convocó a dos conjueces para intervenir en un expediente presentado por organizaciones ambientalistas, comunidades mapuches, dirigentes políticos y vecinos. La decisión se conoció luego del fallo que rechazó la legitimación del Centro de Excombatientes de las Islas Malvinas de La Plata para cuestionar la extranjerización de tierras.

El nuevo expediente fue impulsado por la Asociación Árbol de Pie, las comunidades mapuches Lafkenche y Lof Fvta Anekon, la legisladora rionegrina Magdalena Odarda y un grupo de vecinos. Los demandantes habían presentado una medida cautelar contra el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que derogó la Ley de Tierras.

El planteo se encontraba relacionado con la causa promovida por los excombatientes, pero no fue mencionado en la resolución que la Corte difundió la semana pasada. Por ese motivo, las organizaciones presentaron un pedido de aclaración para que el tribunal precisara si también quedaban alcanzadas por el rechazo de la legitimación o si su reclamo debía continuar por una vía independiente.

La Corte decidió activar el expediente, aunque sus integrantes no habrían alcanzado un acuerdo sobre el camino a seguir. Ante esa falta de unanimidad, se realizó un sorteo para designar a dos conjueces que participarán del análisis.

Los magistrados designados fueron Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, integrante de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza. Como suplentes quedaron Eduardo Farah, de la Cámara Federal de Comodoro Py, y Jorge Morán, de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

El sorteo se realizó este martes durante una audiencia virtual transmitida desde el Palacio de Tribunales. Participaron de manera remota 16 personas que forman parte del amparo y dos abogados. La Jefatura de Gabinete había sido notificada, pero no asistió ningún representante del Estado nacional.

En un comunicado actualizado, la Corte explicó que convocó a los conjueces para iniciar “un nuevo debate” luego de no lograr “unanimidad de criterios” frente al pedido de aclaración presentado por una organización ambientalista.

El tribunal sostuvo que el nuevo expediente se encuentra relacionado con la causa analizada la semana anterior y recordó que aquella resolución había señalado que nada impedía estudiar otros reclamos vinculados con la Ley de Tierras que llegaran a la instancia judicial.

La diferencia entre ambos casos radica en los argumentos y en la representación invocada por los demandantes. Mientras el Centro de Excombatientes planteó la defensa de la soberanía territorial, las organizaciones ambientalistas y las comunidades mapuches sostienen además que la Ley de Tierras establecía presupuestos mínimos para proteger el ambiente y la biodiversidad.

Los demandantes también argumentan que la derogación de la norma afecta los derechos de los pueblos originarios sobre la posesión y la propiedad comunitaria de las tierras que ocupan tradicionalmente.

La causa se inició el 28 de diciembre de 2023, poco después de la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. En primer término, los demandantes acudieron a la Justicia Federal de Bariloche. El juez Gustavo Villanueva derivó el expediente a La Plata, donde ya tramitaba la acción colectiva impulsada por el Centro de Excombatientes.

Luego, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata declaró la inconstitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras en el caso de los excombatientes y remitió el expediente de las organizaciones ambientalistas y mapuches a la Corte Suprema.

La Cámara consideró que se trataba de una pretensión similar y que, de acuerdo con las reglas que regulan los procesos colectivos, debía intervenir el máximo tribunal, ya que existía una sentencia de fondo sobre una cuestión relacionada.

Ahora, la Corte deberá definir si considera que ambos reclamos son equivalentes o si entiende que presentan diferencias suficientes para que el nuevo expediente avance de manera independiente. También podría devolver la causa a los tribunales de origen, ya sea en Río Negro o en la provincia de Buenos Aires, para que continúe su trámite.

Otra de las posibilidades es que el tribunal analice directamente el pedido de legitimación de los demandantes y determine si tienen capacidad para representar los intereses colectivos que invocan.

El constitucionalista Andrés Gil Domínguez planteó además la posibilidad de que la Corte adopte una medida excepcional y dicte una cautelar para suspender los efectos de la derogación de la Ley de Tierras mientras resuelve la cuestión de fondo.

La falta de acuerdo entre los jueces abrió interrogantes sobre el alcance que podría tener la nueva resolución. Una de las diferencias internas estaría vinculada con la posibilidad de sostener la derogación de la norma o, por el contrario, avanzar con una mirada centrada en la protección ambiental y los derechos de las comunidades originarias.

La legisladora Magdalena Odarda anticipó que los demandantes solicitarán que la Corte trate el caso en una audiencia pública, mediante el mecanismo previsto para expedientes de trascendencia institucional. También pedirán la apertura del registro de amigos del tribunal, con el objetivo de incorporar opiniones y argumentos de especialistas y organizaciones interesadas en la cuestión.

Además, los representantes de la causa analizan la posibilidad de recusar a algunos jueces por cuestiones vinculadas con la integración del tribunal, la paridad de género y los requisitos para la designación de nuevos magistrados. También evalúan plantear una eventual animosidad hacia los pueblos originarios.

La actuación de la Corte generó críticas de organizaciones sociales, ambientales, comunidades indígenas y sectores políticos que rechazan la extranjerización de tierras. El tribunal fue cuestionado públicamente durante una movilización frente al Palacio de Justicia y en una actividad realizada en la Facultad de Derecho.

El escenario también reavivó el recuerdo del fallo conocido como “2x1”, dictado en 2017, que habilitó la aplicación de ese beneficio a condenados por delitos de lesa humanidad. La decisión provocó una fuerte reacción social, el rechazo de tribunales inferiores y la sanción de una ley por parte del Congreso para impedir su aplicación en casos de crímenes de la última dictadura.

En aquella oportunidad, la Corte terminó modificando su posición mediante una nueva sentencia dictada en 2018. La comparación volvió a aparecer en el debate actual, ante la posibilidad de que el máximo tribunal revise o complemente su postura sobre la Ley de Tierras.

Mientras el expediente avanza, distintas organizaciones preparan nuevas movilizaciones. Para el 15 de octubre se prevé una marcha que reunirá reclamos del movimiento universitario y pedidos de derogación del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que acumula más de 30 planteos de inconstitucionalidad ante la Justicia.

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